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CÓDIGO ÉTICO: VALORES Y PRINCIPIOS ÉTICO CORPORATIVOS
1. Compromiso y respeto a la legislación vigente y aplicable
Se deberá respetar y cumplir en todo momento con la normativa legal vigente y aplicable en cada una de las situaciones en el transcurso de nuestras actividades. No se establecerá ninguna relación ni actividad comercial con quien tenga vínculo y/o promueva actividades comerciales o profesionales ilícitas.
2. Respeto a los derechos humanos
Se contribuirá al respeto protección y promoción de los derechos humanos en todas las actuaciones de la organización condenando firmemente cualquier tipo de trabajo forzoso o trabajo infantil.
3. Buena fe y honestidad
Se establecerán relaciones profesionales y comerciales basadas en la claridad, objetividad, seriedad y honestidad evitando que se lleven a cabo conductas ilegales, contrarias a la ética o fraudulentas.
4. Respeto y compromiso con la confidencialidad de los datos de carácter personal
Se deberá mantener, en todo momento, la confidencialidad de los datos de carácter personal a los que se acceda por razón de nuestra actividad profesional, incluso después de que haya finalizado la misma. Es esencial implantar las medidas de seguridad debidas para proteger los datos confidenciales o personales propios y de terceros.
5. Respeto e igualdad de trato
Se promoverán las relaciones basadas en el respeto, la participación, la equidad y la colaboración, propiciando un ambiente laboral respetuoso a fin de lograr un clima de trabajo positivo. No se tolerará ningún tipo de acoso, abuso, intimidación, falta de respeto y de consideración en la organización. No se permitirá ningún tipo de discriminación por razones de sexo, edad, religión, nacionalidad o cualquier otra circunstancia amparada por la ley.
6. Política anticorrupción y soborno.
No se aceptará ningún tipo de corrupción, soborno o tráfico de influencias para llevar a cabo una actividad profesional, ya sea, con la administración pública o en el ámbito privado. Los regalos y dádivas hacia los colaborados o de parte de ellos no están permitidos bajo ningún concepto, salvo las debidas prácticas comerciales habituales o de cortesía cuyo valor sea simbólico.
7. Prevención de riesgos laborales
Se cumplirá en todo momento con lo estipulado en la legislación vigente y aplicable en materia de prevención de riesgos laborales.
